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jueves, 10 de marzo de 2011

PUEBLOS ORIGINARIOS EN AMERICA - VENEZUELA



VENEZUELA


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El censo realizado en 2002 (para el 2012 está anunciada la realización de otro) recoge que la población indígena en el país era entonces de 543.816 habitantes,[1] lo que significa un 2’2% del total de la población de Venezuela, pertenecientes a los pueblos akawayo o kapon, amorua, añu o paraujano, arawak o arawako o lokono, arutani o uruak, baniva, baré, barí, chaima, e’ñepa o panare, guajibo o jivi o hiwi, japreria, jodi o hoti, kariña, kuiva, kumanagoto, kurripako, mako o wirö, mapoyo o wanai, pemón, piapoko o wenewika, piaroa o wotjuja, puinave, pumé o yaruro, sáliva, sanemá, sapé, wapishana, warao, warekena, wayuu o guajiro, yanomami, yawarana, yekuana o maquiritare, yeral o ñengatu y yukpa. Como ocurre siempre, las cifras oficiales de población indígena hay que considerarlas más como estimadas que como un total aunque en el caso de Venezuela se afirma en el censo que se realizó “aplicando un índice correctivo de 7%”.

Los pueblos más numerosos son el wayúu (57’5% del total de la población indígena), warao (7%), pemón (5’3%), kariña (2’3%), hiwi (2’9%), piaroa (2’8%), yanomami (2’4%), añu (2’2%), pumé (1’6%) y yupka (1’4%). El otro 13’3% del total de indígenas pertenece a los otros 25 pueblos originarios, la mayoría de ellos ubicados en la Amazonía, lo que significa que son grupos pequeños y por ello muy vulnerables en su existencia física, lingüística y cultural. Es el caso de los pueblos sapé, que sólo cuenta con seis miembros, y arutani, con un total de 29. Ambos están ya prácticamente desaparecidos. Otros como el akawayo, sáliva y yawarama cuentan con menos de 300 miembros cada uno. Al ser pueblos que en su gran mayoría residen en el Amazonas, muchos de ellos son transfronterizos. Los baniva, sanemá, yanomami y yeral están entre Venezuela y Brasil mientras que los hiwi, kurripako, piapoko y puinave están entre Venezuela y Colombia. Se considera también que hay algunas comunidades aisladas de yanomani y hoti (en el estado de Amazonas), así como sapé (en el estado Bolívar).

Venezuela es el único país del continente que incluye en la categoría de pueblos indígenas existentes dentro de su territorio a pueblos que provienen de países vecinos, bien por ser transfronterizos o por el hecho de haber migrado en busca de una mejor situación económica o huyendo de la violencia desde Brasil, Colombia o Guyana. Es el caso de los inga (204 miembros de este pueblo aparecen censados en Venezuela), caribe (105) o makushi (83) y, por lo tanto, gozan de los mismos derechos que aquellos que siempre han residido dentro de las fronteras actuales del país, por utilizar un símil fácilmente entendible .

En las páginas iniciales de este libro se comentó que con la llegada a la presidencia del país de Hugo Chávez, en 1998, y su impulso al reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas en las instancias internacionales y la propia ONU se inició un rápido desarrollo de muchos de estos pueblos, que ya venían trabajando desde hacía mucho tiempo por su reconocimiento y dignidad. La nueva Constitución, aprobada en 1999, reconoció el carácter multiétnico y pluricultural del país incluyendo un capítulo especialmente dedicado a los derechos de los pueblos indígenas y abriendo espacios de participación política indígena a nivel nacional, estatal y municipal, algo inédito hasta ese momento, lo que favoreció la participación directa de representantes indígenas en espacios de poder político del que siempre habían sido relegados. Esto ha llevado a que en estos momentos exista un gobernador indígena en el estado de Amazonas (perteneciente al pueblo baniva), por mencionar el caso más relevante.

Las iniciativas políticas y legislativas favorables a los indígenas han sido múltiples, desde la ley de demarcación (2001) a la multiplicación de políticas públicas en temas de educación, salud, cultura, vivienda y hasta defensa. Uno de los principales avances que se observan en la ley de demarcación es el reconocimiento de la propiedad colectiva de las tierras, teniendo como base no solo el último censo indígena sino también los censos realizados por los mismos pueblos originarios lo cual plantea otra realidad demográfica de los indígenas puesto que, como ya se ha dicho con reiteración, las cifras oficiales no suelen coincidir con las de los propios pueblos.

Existe un Defensor del Pueblo para velar por la garantía y protección de los derechos de los pueblos originarios y en 2008 se aprobó la ley de idiomas indígenas con la finalidad declarada de “regular, promover y fortalecer el uso, revitalización, preservación, defensa y fomento de los idiomas indígenas”. En total, “desde que la Constitución de 1999 está vigente se han aprobado 52 leyes que reivindican indirectamente los derechos de los pueblos indígenas y seis instrumentos los benefician directamente”.[2] Hay que reseñar que la Organización Internacional del Trabajo en el documento del año 2010, reseñado en varias ocasiones en este libro al abordar la situación en otros países, da por buena la aplicación del ordenamiento legal en Venezuela y sólo hace una recomendación en lo referente a la ley de idiomas indígenas, pidiendo información adicional sobre el Instituto Nacional de Idiomas Indígenas “y la aplicación de esta ley en la práctica”.[3]

Venezuela es el único país del continente que recoge en su ordenamiento legal una referencia a la coordinación, en materia de derecho indígena de justicia, con “los sistemas de justicias indígena y ordinario, tales como Perú, Colombia, México, Ecuador, Guatemala, Paraguay, Costa Rica, El Salvador, Panamá, Argentina, Chile, entre otros”. Es decir, se tiene en cuenta no sólo el ordenamiento jurídico establecido en las declaraciones internacionales de la ONU y sus organismos, sino en el de los países latinoamericanos que los recogen, así sea a nivel formal, en sus fueros internos. No obstante, sorprende la mención a El Salvador, país que no reconoce la existencia de indígenas en su territoirio y que no haya referencia a Bolivia, único país que establece que “la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción indígena originario campesina gozarán de igual jerarquía”. Tal vez se deba al hecho que en Bolivia los casos de indígenas y no indígenas se pueden observar desde la jurisdicción indígena y en Venezuela y el resto de países mencionados no. En estos es una jurisdicción de coordinación entre la establecida en todo el territorio y la de las tierras indígenas quien tiene la competencia. También es un avance que exista un tribunal de garantías presidido por un Tribunal Constitucional Plurinacional “integrado por Magistradas y Magistrados elegidos con criterios de plurinacionalidad, con representación del sistema ordinario y del sistema indígena originario campesino”.

Sin embargo, y como en la totalidad de los países, una cosa es la legislación, sin duda alguna la más abundante del continente americano junto a la de Bolivia, y otra el desarrollo de la misma sin que haya que achacar toda la culpa al gobierno. Los propios indígenas han tenido mucho que ver en ello puesto que los principales dirigentes ahora ocupan puestos de responsabilidad dentro del mismo gobierno, en sus diferentes esferas, y eso ha debilitado considerablemente la reivindicación popular indígena. Es como si hubiesen dicho “ya hemos llegado al gobierno, por lo tanto hay que dejar de reivindicar unos derechos que ya tenemos”. Cierto, pero hay que aplicarlos. Por ello no son infrecuentes los desencuentros, cuando no enfrentamientos abiertos, entre los indígenas y el gobierno.

El primero ocurrió el año 2000 cuando indígenas pemón derribaron varias torres eléctricas de un tendido de alta tensión entre Venezuela y Brasil que formaba parte de un macroproyecto hidroeléctrico entre los dos países que atravesaba sus tierras, sobre el que no habían sido consultados y sin que hubiese habido elaboración de un estudio de impacto socio cultural para determinar la viabilidad o no del tendido. El Estado se vio obligado a negociar un acuerdo compensatorio para las comunidades que lo que en realidad temían era que ingresaran en sus tierras empresas mineras y turísticas aprovechando el tendido eléctrico.

En el contexto interno de Venezuela, con una agresiva campaña desestabilizadora de la oligarquía –que llegó al golpe de Estado en 2002- y permanentes amenazas desde el exterior por parte de algún país vecino del continente, cercano y lejano, ciertas reivindicaciones indígenas están siendo vistas como una agresión al gobierno y quienes las protagonizan como agentes de estas estrategias desestabilizadoras. Esto ha favorecido que el Estado impulsase actuaciones más de corte asistencialista que estratégicas de cara al futuro en materias de salud, infraestructura, vivienda y alimentación, hechas con buena voluntad pero sin vinculación con los organismos propios de los indígenas. Se ha priorizado este tipo de actuaciones en detrimento de otras, como la demarcación de tierras, a pesar de existir una ley al respecto desde el año 2001. Y es conocida la prioridad absoluta que todos los pueblos indígenas dan a esta cuestión aunque, para no echar toda la culpa al gobierno, hay que mencionar que son las propias instituciones donde hay indígenas quienes en muchas ocasiones no sólo se solapan en sus actuaciones, sino que se contradicen.

Durante seis años, y con las amenzas internas y externas descritas, las reivindicaciones indígenas estuvieron muy solapadas. Sólo volvieron a surgir cuando el ambiente institucional ya estaba más calamado y el proceso político que lo sustenta más asentado. En 2006 volvió a surgir un foco de tensión también con los pemón por el proyecto de construcción de un oleoducto hacia Argentina que atravesaría sus tierras, aunque en esta ocasión el proyecto no fue acompañado del incio de obras por lo que el conflicto no pasó a mayores. Sí lo hizo el envío al Parlamento (2007) de una ley de consulta que a tenor de la denuncia indígena en los términos “territorios comunales” no estaban sufientemente reconocidos los conceptos de tierra y hábitat, que las organizaciones integradas en el Bloque Indígena Oriente y Sur (que representaban a los pemón, kariña, arawako, akawayo, cumanagoto, warao, piaroa, jivi, baré, piapoco, yekuana, baniva, kurripaco, yeral y warequena) consideraban más apropiados para defender constitucionalmente su cultura.

El gobierno estaba impulsando el proceso de demarcación de tierras que, a la postre, ha terminado convirtiéndose en la principal demanda indígena en estos momentos. El caso más significativo es el que se produce en la Sierra del Perijá (estado de Zulia) donde la demarcación de tierras se mezcla con la explotación a gran escala de minería a cielo abierto. La República Bolivariana de Venezuela reconoce a los pueblos indígenas “su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestralmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida” y, por lo tanto, el gobierno está obligado a demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras con la participación de esos mismos pueblos en esta tarea. Esto se ha hecho con diferentes comunidades de los pueblos hiwi, kariña, pumé, warao y yukpa, aunque el proceso avanza con más lentitud de la debida puesto que el Estado se da un plazo de entre 10 y 15 años para culminar todo el proceso de demarcación de tierras. Sin embargo, la Constitución de 1999 establecía un plazo de dos años para ello luego el retraso es más que considerable y eso está provocando una insatisfacción cada vez más aguda en los pueblos indígenas que ven cómo no sólo se dilata en el tiempo el proceso de demarcación, sino que las tierras indígenas se reconocen y titulan con drásticos recortes por fuertes presiones tanto de intereses corporativos como de estrategias militares (justificadas por las presiones y amenazas internacionales que hay contra el proceso político venezolano).

El caso de los yukpa es significativo al convertirse en el principal foco de tensión indígena en Venezuela durante los años 2008-2010. Es un pueblo combativo que viene reclamando sus tierras desde 1970 y que ha llegado a ocupar haciendas ganaderas situadas en ellas. Los ganaderos, a veces con el apoyo del Ejército y otras contratando sicarios, han combatido a los yukpa de todas las formas habidas y por haber para impedir esas ocupaciones, la mayoría de ellas recurriendo a las amenazas y agresiones físicas. Eso ha venido siendo así desde esa fecha hasta la actualidad. A finales de 2008 los yukpa ocuparon una serie de haciendas para reclamar la demarcación de sus tierras, pedido que fue aceptado por el gobierno aprobando, además, un plan de ayuda para educación, salud, servicios básicos, producción agrícola y mejora de la red vial de las comunidades yukpa. Pero el gobierno cometió un error de gran calado: inició la demarcación del territorio yukpa sin tener en cuenta la que este pueblo había realizado en 2004.

La demarcación gubernamental compaginó la entrega de tierras fértiles con otras que no lo son dejando entre ambas una gran parte del territorio del pueblo yupka en manos no sólo de grandes hacendados, sino de compañías mineras. El conflicto estaba servido. Algunas comunidades aceptaron la demarcación gubernamental y otras la rechazaron, lo que provocó un enfrentamiento entre los dirigentes y comunidades yukpa que acabó con muertos, heridos y, posteriormente, detenidos. Estas detenciones caldearon aún más los ánimos puesto que se hicieron sin contar con el ordenamiento jurídico indígena y la jurisdicción especial indígena, por la que los pueblos originarios tienen derecho a ser juzgados por sus propias instancias de justicia. Según la Constitución, esta justicia indígena tiene que articularse con la legislación nacional y con mecanismos complementarios “en caso de conflictividad y colisión serias con el ordenamiento jurídico venezolano”, lo que ocurre en el caso en cuestión.

Hay quien dice que este conflicto con un pueblo indígena no es otra cosa que “el terrible racismo y endorracismo antiindígena heredados de la Colonia y recrudecidos por la República hasta el día de hoy, pese al inmenso avance normativo gracias a la Constitución bolivariana de 1999 y numerosos instrumentos jurídicos de allí derivados”.[4] No le falta razón puesto que el discurso de los pueblos indígenas es, sin exclusiones, favorable al proceso político que se viene desarrollando en Venezuela desde 1998 pues sin él no hubiesen alcanzado esa autonomía que nunca debieron perder y el poder de dirigir y dirimir sus propios asuntos, aprovechamiento de sus tierras y cumplimiento de sus normas de convivencia. Pero lo que no soportan es que una vez llegados a este punto se les dicte desde arriba y con concepciones muchas veces preñadas de etnocentrismo criollo, cómo y cuando lo deben hacer.

Aquí hay que hacer una mención especial a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Ha intervenido en otros países a instancia de parte y cuando ha dado a razón a los indígenas lo ha hecho sin descalificar a los gobiernos respectivos. Excepto en el caso de Venezuela, lo que da argumentos a quienes mantienen dentro de este país que están siendo objeto de una agresión sin precedentes contra su proceso político. Si se compara el papel de la CIDH en Perú tras la matanza de Bagua, por poner un caso, con el de Venezuela quien sale mucho peor parado es este último país puesto que no hay ni un solo apartado que se salve de la crítica. Pero mención especial tiene la opinión de la CIDH respecto a su “profunda preocupación por el retardo en la demarcación de las tierras ancestrales indígenas así como los conflictos generados entre indígenas y ganaderos debido a dicha falta de demarcación”,[5] que no se manifiesta con ningún otro país del continente con procesos mucho más retrasados, y en ocasiones apenas iniciados, que en Venezuela.

La comparación entre este informe, emitido el 30 de diciembre de 2009, y el de la Organización Internacional del Trabajo -producto de la sesión que tuvo lugar del 3 al 19 de junio de 2010- mencionado más arriba sirve para poner de manifiesto el papel de las organizaciones internacionales y su función, en nada imparcial, para favorecer o criticar procesos políticos. Para la CIDH Venezuela es un desastre como país, violatorio de todos y cada uno de los derechos humanos – se le califica de “patrón de impunidad en los casos de violencia, que afecta de manera particular a los comunicadores sociales, los defensores de derechos humanos, los sindicalistas, las personas que participan en manifestaciones públicas, las personas privadas de su libertad, los campesinos, los pueblos indígenas y las mujeres”- y en especial los derechos referentes a los pueblos indígenas. Para la OIT no hay ni una sola reprimenda que hacer a Venezuela en ningún aspecto.

El conflicto con los yukpa, mantenido durante tres largos años, es el más significativo de Venezuela en la nueva etapa marcada por el proceso llamado bolivariano. Los conflictos de propiedad de la tierra se han presentado entre pueblos indígenas y campesinos -llegados desde otras partes y muchas veces denominados “colonos”- y hacendados sin que faltasen ni las grandes corporaciones transnacionales, mineras en especial, y los mineros individuales que invaden de forma ilegal el territorio indígena en busca de oro (como sucede en el Amazonas venezolano y brasileño) provocando no sólo un importante conflicto medioambiental sino humano al afectar a pueblos muy debilitados poblacionalmente.

El proceso venezolano, aún siendo uno de los más avanzados y respetuosos con los derechos de los pueblos indígenas de todo el continente, muestra toda la compleja y contradictoria dinámica en juego: trata de reconocer a los indígenas los derechos sobre las tierras que siempre han ocupado y de incluirlos dentro de la geopolítica institucional, pero haciéndolo “respetando la soberanía nacional y la integridad territorial”. El miedo al “separatismo”, a que los enemigos del proceso político utilicen las reivindicaciones indígenas para desestabilizarlo está jugando un papel muy importante en las dudas y ralentizaciones que se producen en este proceso. De ahí que a pesar de la entrega de títulos de propiedad y el trabajo de demarcación, más o menos afortunado o en cumplimiento de los deseos de los pueblos indígenas que han “autodemarcado” sus propios territorios, quedan algunos conflictos por resolver. Uno de ellos, la presencia de campesinos pobres y antiguos terratenientes dentro de las tierras cedidas a los indígenas. Esto se piensa solucionar a través de mesas de discusión y otorgarles, la tierras “justas”, las que “necesitan” para vivir. Pero en una situación política viciada, con antagonismos cada vez más fuertes entre los hacendados y los indígenas ni va a ser un proceso fácil ni rápido.

[2] Agencia Bolivariana de Noticias, 18 de diciembre de 2009. http://www.abn.info.ve/noticia.php?articulo=212432&lee=4

[3] OIT, Conferencia Internacional del Trabajo, 99.ª reunión, 2010. Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones. Venezuela.

[4] Esteban Emilio Mosonyi., “Hay que tratar de comprender los problemas yukpa, e indígenas en general, desde adentro y en su propio contexto” http://www.elpueblosoberano.net/2010/08/hay-que-tratar-de-comprender-los-problemas-yukpa-e-indigenas-en-general-desde-adentro-y-en-su-propio-contexto/

[5] Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Democracia y derechos humanos en Venezuela.

OEA/Ser.L/V/II. Doc. 54. 30 diciembre 2009


Fuente: pueblos originarios en america on line

para HUIRSE BELLINA JORGE ALBERTO

DIRECTOR & REDACTOR RESPONSABLE

FORO INDIGENA INTERAMERICANO

miércoles, 9 de marzo de 2011

PROTESTAS DE MUJERES INDIGENAS EN LAS PUERTAS DEL UNITED NATIONS PERMANENT FORUM OF INDIGENOUS ISSSUES






Las mujeres indígenas de EEUU buscan justicia en la ONU

Entre 60 y 80 por ciento de la violencia contra las indígenas estadounidenses es perpetrada por no-nativos

No se pondrá fin a la violencia contra las mujeres nativas hasta que las autoridades federales "eliminen la barrera legal que ata las manos a los gobiernos tribales".


Estados Unidos es objeto de escrutinio internacional por no juzgar a quienes ingresan a territorios indígenas para abusar de mujeres y niñas de esas etnias.

Allí, las indígenas son mucho más vulnerables a sufrir abusos que las mujeres de cualquier otro grupo étnico en el país, según Rashida Manjoo, Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la Violencia contra la Mujer, sus Causas y Consecuencias.

Entre 60 y 80 por ciento de la violencia contra las indígenas estadounidenses es perpetrada por no-nativos, dijo Manjoo.

La relatora, quien se reunió con varios funcionarios y activistas por los derechos humanos para investigar la situación de las mujeres en Estados Unidos, citó datos que revelan que una de cada tres nativas son violadas a lo largo de sus vidas.

En la mayoría de los casos, los violadores quedan libres porque los ancianos de las tribus tienen potestades limitadas para juzgar a quienes cometen delitos en su territorio. Los pueblos originarios sostienen que les resulta muy difícil obtener ayuda de las autoridades estadounidenses.

“Desde 1978, nuestro gobierno tribal (…) fue despojado de la autoridad para juzgar a violadores y abusadores” que no pertenecen a los pueblos nativos, dijo Terri Henry, concejala de la Eastern Band of Cherokee Indians, tribu asentada en una reserva del oriental estado de Carolina del Norte.

En 1838, cuando los colonizadores europeos obligaron a los cherokees a abandonar sus tierras en el sur, miles de indígenas murieron en su camino a Oklahoma, debido a la falta de alimentos, vestimenta y refugio.

“Como todos los otros estatutos y políticas federales hacia los indígenas, la Ley de Remoción legalizó las muertes de miles de mujeres, hombres, niñas y niños cherokees”, explicó Henry, quien se reunió con Manjoo el mes pasado.

Henry, que también integra el Indian Law Resource Center, dijo que no se pondrá fin a la violencia contra las mujeres nativas hasta que las autoridades federales “eliminen la barrera legal que ata las manos a los gobiernos tribales”.

Los tribunales de las tribus solamente pueden imponer una sentencia de entre uno y tres años. Y en Carolina del Norte, por ejemplo, el delito de violación se castiga con hasta 40 años de cárcel, señaló.

“Así que para la mayoría de las víctimas indígenas, una sentencia de tres años está muy lejos de disponer una justicia igualitaria ante la ley”, agregó.

En enero, el fiscal general de Estados Unidos, Eric Holder, anunció la formación de un nuevo grupo de trabajo para proteger a las mujeres aborígenes de la violencia y los abusos.

“Sabemos muy bien que las comunidades tribales enfrentan desafíos únicos en materia de aplicación de la ley y que se están esforzando por revertir una proporción inaceptable de violencia contra mujeres, niños y niñas”, dijo Holder.

“El grupo de trabajo ha sido una prioridad para mí desde mi visita a los líderes tribales el año pasado”, continuó.

“Es un paso crítico en nuestro trabajo por mejorar la seguridad pública y fortalecer la coordinación y la colaboración relativa a las estrategias de las comunidades tribales para realizar juicios”, agregó.

El grupo de trabajo, de 13 miembros, busca elaborar un manual sobre prácticas judiciales para juzgar en el ámbito federal delitos cometidos contra las mujeres en territorios indígenas.

Incluye al fiscal federal para Nebraska y a fiscales federales adjuntos de otros cinco estados del occidente de Estados Unidos, así como a jueces, fiscales y abogados de varias naciones originarias.

El gobierno del presidente Barack Obama también aprobó la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, lo que fue bienvenido por los líderes de los 370 millones de integrantes de los pueblos originarios del mundo.

La histórica declaración de la ONU, que fue rechazada por el gobierno de George W. Bush (2001-2009), reconoce que los pueblos autóctonos de todo el mundo tienen derecho a controlar sus tierras y a practicar sus sistemas de creencias tradicionales.

“La Declaración puede usarse como base para reclamar que el gobierno federal cumpla sus responsabilidades para con las tribus y sus obligaciones de promover y respetar los derechos humanos de las naciones y tribus indígenas”, dijo Robert T. Coulter, director ejecutivo del Indian Law Resource Center.

Durante su visita de dos semanas a territorios originarios de Estados Unidos, la relatora especial de la ONU también enfatizó que el racismo y la pobreza son problemas profundamente arraigados.

De las más de un millón de mujeres que actualmente están bajo supervisión del sistema de la justicia penal, por ejemplo, las negras y latinoamericanas representan 46 por ciento. Y la vasta mayoría de ellas han cometido delitos no violentos.

Manjoo tiene previsto presentar su informe al Consejo de Derechos Humanos, con sede en Ginebra, en los próximos tres meses.

Mientras, Henry describió la situación de las mujeres indígenas en Estados Unidos como “una crisis de derechos humanos”.

“Estamos contentas de que el resto del mundo esté empezando a prestar atención”, dijo.

Fuente: periodismohumanoonline (España)

para HUIRSE BELLINA JORGE ALBERTO

DIRECTOR & REDACTOR RESPONSABLE

FORO INDIGENA INTERAMERICANO