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lunes, 19 de marzo de 2012

PUEBLOS ORIGINARIOS DE AMERICA: C H I L E

CHILE

CHILE




La población indígena es de 1.060.786 personas, según el censo del año 2006, lo que equivale a 6,6% de la población del país. Los mapuche son la mayoría más significativa (87,2%). El resto de pueblos indígenas son aymará (7,8%), atacameño o lickanantay (2,8%), diaguita (0,8%), quechua (0,6%), colla (0,3%); rapanui (0,2%); kawashkar o alacalufe –se les denomina de estas dos maneras- (0,2%) y yagán o yámana (0,1%).[1] No obstante hay un pueblo más, el selknam u ona que no es reconocido como tal por la legislación chilena. Dos terceras partes de esta población indígena reside en zonas urbanas.

No fue hasta 1992, como la mayoría de países, cuando Chile comenzó a incorporar a su legislación algunos derechos de los pueblos indígenas recogidos en el ordenamiento jurídico internacional y comenzó por lo fácil, una Ley Indígena que reconoce a los indígenas derechos sobre sus tierras, lenguas y culturas pero no sus organizaciones tradicionales ni a ellos mismos como pueblos, sino como etnias. Tampoco lo hace con sus derechos políticos (autonomía, autogestión, justicia) ni sobre territorios ni recursos naturales. Bien sea por convencimiento propio de los legisladores –los gobiernos de la llamada “Concertación Democrática” mantuvieron una mayoría más o menos cómoda tras la dictadura hasta que perdieron las elecciones de 2010- o por la fuerte interiorización de la “cultura” pinochetista lo cierto es que tuvieron que pasar diez años para que en la reforma constitucional de 2002 se ampliase algo el apartado de derechos para los indígenas que ni siquiera satisfizo a los más timoratos constitucionalistas chilenos: “la reforma concordada resulta insuficiente, ya que concierne sólo a comunidades de pueblos originarios, y por distintas razones, no se admite el reconocimiento de ‘pueblos indígenas’, aunque nuestro Tribunal Constitucional ha aceptado el alcance del concepto ‘pueblos’ del Convenio 169 sin que ello fuere un principio de autodeterminación y puerta abierta a la desmembración del Estado-nación”.[2] Y aún tuvieron que pasar muchos años más, hasta 2008, para que el Chile democrático ratificase el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en países independientes y tras recibir un varapalo internacional puesto que lo que pretendía el gobierno, presidido entonces por Michelle Bachelet, era poder hacerlo con una “declaración interpretativa”, o sea, que el gobierno interpretaba lo que había que cumplir y lo que no de dicho convenio. Al gobierno no le quedaba más remedio si quería continuar con su imagen de progresista puesto que en 2007 se había aprobado por la ONU la Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas, curiosamente, con el voto favorable de Chile que votaba fuera lo que no hacía dentro.

Esta actitud tal vez pueda explicar el empecinamiento obsesivo del gobierno chileno contra las reivindicaciones indígenas, el tratamiento casi exclusivamente policial que hace de ellas y el hecho de que, a pesar de las reiteradas declaraciones para adecuar la legislación interna a la internacional y a planes como el “Re-conocer: Pacto social por la multiculturalidad” anunciado por la presidenta Bachelett en 2008 y que incluía la creación de una “unidad indígena” en cada ministerio, apenas se haya pasado de las palabras.

La adopción de la normativa internacional puso en marcha, en 2009, una reforma sobre el “reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas” (que no de los derechos) que no debió ser del agrado del Relator Especial de la ONU puesto que proporcionó un tirón de orejas al gobierno al indicar en un informe que la consulta a los pueblos indígenas sobre algo que les iba a afectar debía ser “con carácter previo” y no, como pretendía el gobierno, cuando el cambio constitucional estuviese listo para implementarse. Indicaba también que debía realizarse “de buena fe para generar confianza entre las partes” y “a través de las adecuadas instancias representativas indígenas” –todo ello es un repaso de la normativa internacional- para terminar concluyendo que “la consulta efectiva con los pueblos indígenas en este proceso es fundamental para la validez y legitimidad del nuevo texto constitucional a adoptarse, y para asegurar que dicho texto realmente corresponde a las aspiraciones y derechos humanos de los pueblos indígenas dentro del marco de una sociedad democrática y las normas internacionales a las que el Estado de Chile adhiere”.[3] Con buenas palabras, el enviado de la ONU venía a criticar formas y contexto de dicha reforma. Pero al gobierno le daba lo mismo puesto que, en la línea “interpretativa” con la que quería ratificar el convenio de la OIT, respondió por boca del Comisionado Presidencial para Asuntos Indígenas que eso no se podía hacer en el país y que lo pertinente era “un proceso gradual, de aproximaciones sucesivas que permitan lograr en el futuro un mecanismo adecuado, consensuado y plenamente conforme a los estándares internacionales”. Y así la realizó a pesar del rechazo de todos los pueblos indígenas y amparándose en una sentencia del Tribunal Constitucional que estableció que “el derecho a la consulta” no es una “negociación obligatoria”.

Chile fue, además, uno de los últimos países del continente que incorporó el concepto y prácticas de Educación Intercultural Bilingüe y lo hizo a través de instituciones como la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena, que no tiene el menor arraigo entre los indígenas[4] por varias razones entre las que destaca que su programa principal, el Fondo de Tierras Indígenas, es un mecanismo de recolocación de las comunidades indígenas no a sus tierras ancestrales sino a las que “ofrezca el mercado”. A ello hay que añadir una crisis de legitimidad de los representantes indígenas en esta institución, respaldados únicamente por 13.000 votos puesto que las elecciones fueron boicoteadas por la mayoría de organizaciones y pueblos indígenas.

Estas situaciones no son más que el exponente de que la situación de los pueblos originarios en este país deja mucho que desear, tal y como reconocen el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, el Comité contra la Tortura y el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial quienes, a lo largo de 2009, emitieron varias recomendaciones al Gobierno chileno para que solucionase la “grave desprotección” de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y la violación de los derechos humanos.[5] Los datos indican que el 35’6% de la población indígena vive en situación de pobreza, el 59% de sus viviendas no tiene alcantarillado, el 35% no cuenta con electricidad y la escolarización de los niños es de 7’3 años de media frente a los 9’5 años del resto de niños no indígenas.[6] A esta situación se sumaba la alarma surgida en los organismos internacionales cuando un grupo de senadores derechistas, siguiendo la tradición oligárquica, planteó una reforma constitucional en la que bajo la apariencia de reconocer los derechos de los pueblos indígenas se “desaparecían” con importantes matizaciones como que no son los pueblos los sujetos de los derechos que se les reconoce a nivel internacional sino las comunidades y que sólo pueden organizar su vida de acuerdo a sus costumbres y tradiciones “siempre que ello no contravenga la Constitución y las leyes”.[7] Es decir, se rebajaba la normativa internacional cuando debe ser asumida por la nacional y no al revés.

La situación que preocupaba a los organismos internacionales tiene en la persecución que sufre el pueblo mapuche su más trágico exponente. La respuesta del gobierno ante las críticas que se le hacían –y hacen, es un conflicto aún por resolver- se resume en “está en tramitación parlamentaria”, “después de tres años de tramitación hay un informe final”, “se encuentra en segundo trámite constitucional” o “la ley antiterrorista sólo ha sido aplicada en un número limitado de oportunidades, frente a hechos de violencia que dada su naturaleza y/o la gravedad de los medios empleados, han hecho necesaria, desde el punto de vista jurídico penal, la aplicación de una legislación que establece penas más rigurosas”.[8] Hay que mencionar que las únicas violencias realizadas por los indígenas, en este caso mapuche, se limitan a la quema de vehículos de empresas que operan o pretenden hacerlo en sus tierras y en ningún caso a ataques a personas. El CERD, organismo de la ONU que acogió esta respuesta, expresó su satisfacción por la creación de diversas instituciones tendientes a promover y a coordinar las políticas públicas en materia indígena, como el plan “Re-conocer” o las medidas tomadas para integrar la medicina tradicional de los pueblos indígenas en el sistema de salud del Estado pero volvió a mostrar su crítica y “preocupación” por la lentitud con la que se abordaba la creación de una institución nacional de derechos humanos y, de forma especial, por la aplicación de la Ley Antiterrorista “aplicada principalmente a miembros del pueblo Mapuche, por actos ocurridos en el contexto de demandas sociales, relacionados con la reivindicación de los derechos sobre sus tierras ancestrales”.[9] Por si quedase alguna duda de cómo actúa Chile en relación con los pueblos indígenas, el organismo de la ONU criticaba el que no se consultase con ellos las decisiones que les afectan, que apenas hubiese representación de los mismos en el Parlamento y la lentitud en el proceso de demarcación de tierras y la inexistencia de un mecanismo específico para el reconocimiento del derecho de los pueblos indígenas a la tierra y a sus recursos naturales.

A lo largo de la historia de Chile como país independiente, los mapuche han sido uno de los pueblos más reprimidos. Ya en los inicios del siglo XX el Estado dispuso de la tierra mapuche para donarla a colonos europeos, impulsando el “blanqueamiento” de la población –de la que están muy orgullosos muchos chilenos-, y después, sólo después, radicó a los mapuche en las tierras sobrantes. No se había concluido el proceso de radicación mapuche y ya, de inmediato, se estaba proponiendo la división de la propiedad comunitaria para reducirla a propiedad individual. La resistencia del pueblo mapuche en defensa de la propiedad comunitaria de su tierra impidió que tales políticas se desarrollasen hasta sus últimas consecuencias en la primera mitad del siglo XX.

Un breve paréntesis se vive entre 1970 y 1973 con la política de reforma agraria del gobierno de Salvador Allende, que permitió cierta recuperación mapuche de tierras. El proceso se truncó violentamente por el sangriento golpe de estado del 11 septiembre de 1973. Terratenientes, carabineros y militares se ensañaron con los mapuche que habían osado recuperar tierras, “un capítulo de racismo y genocidio brutales que la Comisión de Verdad y Reconciliación sobre los crímenes de la dictadura, comisión de carácter oficial, no ha sabido o no ha querido registrar”.[10] El régimen de Pinochet aplicó en territorio mapuche una sistemática política de liquidación de la propiedad comunitaria. Hasta tres mil comunidades fueron pulverizadas en más de cien mil hijuelas (tierras que pasan de padres a hijos y se dividen entre ellos) de propiedad individual. Un plan aplicado rigurosamente con fondos del Banco Mundial, que no es la única institución de la órbita de Naciones Unidas que respalda e incluso impulsa en Chile políticas genocidas hasta el día de hoy. La intención genocida llegaba a exhibirse abiertamente. La primera versión del decreto privatizador, de 1978, afirmaba sin ambages que, una vez divididas sus comunidades, los mapuche “dejarán de ser indígenas”, supuesto comprendido en el tipo delictivo definido por la Convención de Naciones Unidas para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio.

La autoorganización de este pueblo, iniciada en 1997, ha llevado a un enfrentamiento directo con el Estado que ha respondido de una forma dual. Por una parte, aplicando la Ley por Conductas Terroristas ante expresiones de resistencia que sólo han provocado víctimas en el lado mapuche, condenada por la ONU ya desde 2004 como una “aberración jurídica” toda vez que los hechos se refieren a daños en cosas y no atentados indiscriminados y con desprecio a la vida humana[11] y vuelta a condenar por el Relator Especial de la ONU sobre los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales de los Indígenas para quien “la clasificación de los delitos cometidos [por los mapuche] como actos de terrorismo puede ser irrelevante e inapropiado según las normas internacionales pertinentes”.[12]

Por otra, realizando políticas para conseguir el fin de la opresión cultural e identitaria, la recuperación de haciendas territoriales y el reconocimiento de una “verdad histórica” por la que el Estado chileno se compromete a generar “un nuevo trato” a este pueblo –y, por extensión, al resto de pueblos originarios- que, por el momento, sólo queda en un mero asistencialismo a través de los proyectos oficiales, como es el caso del llamado “Orígenes”. En este marco, el Estado, a través de la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena y su Fondo de Tierras y Aguas Indígenas, ha traspasado unas 200.000 hectáreas a los mapuche que han favorecido a más de 10.000 familias. Pero los mapuche consideran que es insuficiente ya que estiman que harían falta otras 200.000 hectáreas más. Además, muchas de esas tierras se titulan de forma individual y no comunal, el proceso es muy lento, deja fuera a muchas comunidades y no existen programas de apoyo.[13]

La génesis del enfrentamiento actual entre los mapuches y el Gobierno viene dada por el incumplimiento por éste de un compromiso adquirido en 2008 para la adquisición de tierras para 115 comunidades, puesto que sólo se han adquirido tierras (a un precio mucho más alto del de mercado, con lo que se favorece la especulación) para 47 comunidades. La adjudicación arbitraria para algunas de esas comunidades, en contra del criterio de ocupación tradicional mapuche, elevó las protestas a un extremo que hoy por hoy muestra una difícil solución máxime cuando se incrementa el número de presos políticos mapuches al tiempo que la represión se cobra cada vez más muertos. Y todo ello en un ambiente de impunidad judicial, sin que a los presos mapuche se les apliquen las garantías jurídicas debidas o a los policías se les encause por las muertes, y de continua depredación medioambiental puesto que se ha mantenido e intensificado la actividad forestal, hidroeléctrica y la salmonicultura en las tierras mapuches. El gobierno es consciente de lo que significa este tipo de actividades, por lo que elaboró un “código de conducta responsable” de obligado cumplimiento para las empresas públicas y voluntario para las privadas pero que, de forma significativa, no vio la luz dada la oposición de las empresas privadas, que vieron en ella una amenaza a sus inversiones.

El gobierno está en manos de las empresas, nacionales y transnacionales, y ello facilita la expansión empresarial minera hacia territorios indígenas, unas veces con apoyo gubernamental y otras sin él lo hace que todo el débil entramado legal chileno referente a los pueblos indígenas quede en papel mojado. Esta situación no es más que la consecuencia del modelo económico vigente en el país, calificado como “primario exportador” -cuyos principales rubros mineros, madereros y acuíferos se asientan en territorios y recursos indígenas- que, sostenido por una clase política a la que sale un sarpullido cada vez que trata la cuestión indígena, convierte el tema de la tierra en un permanente foco de conflicto. Si a ello se le suma que a las pocas tierras restituidas a los indígenas no se les proporciona el apoyo financiero suficiente para un desarrollo propio, se entenderá que algunas de ellas se hayan visto obligadas a suscribir contratos de arriendo a terceros no indígenas. Una situación a la que se vieron abocados ante la negativa de todos los gobiernos postpinochetistas a abordar este asunto. La desidia mayor hay que achacársela a Bachelett, quien no impulsó ninguna reforma en lo referente a la minería pese a haberlo solicitado de forma expresa el Relator Especial de Naciones Unidas para los Derechos y Libertades de los Indígenas. Por el contrario, apoyó de forma activa megaproyectos e inversiones en territorios indígenas, de forma especial mapuche y diaguita. El más conocido es el minero “Pascua-Lama”, ubicado en tierra de este último pueblo y que afectará a los glaciares existentes en esa zona del país (Guanaco, Toro I, Toro II y Esperanza) que surten de agua el sistema hidrológico (ríos Estrecho y Chollay) que da sustentabilidad al territorio diaguita.[14] El grave impacto en los recursos hídricos de la comunidad ha sido reconocido por la Dirección General de Aguas, solicitando la aplicación de sanciones a la transnacional aunque no se suspende la ejecución del macroproyecto.

No obstante, la presión indígena sí ha logrado algunos cambios, como la aprobación (2009) de una modificación de la ley de aguas que reconoce y resguarda el uso consuetudinario de los espacios costeros de los pueblos originarios, permitiendo el mantenimiento de tradiciones y uso de los recursos naturales. Aquí el poder judicial jugó un importante papel, dando la razón a demandas en ese sentido interpuestas por pueblos como el aymara. Otro de los logros, obligado el gobierno por la adopción de la normativa internacional, fue el incremento de fondos para la compra de tierras en beneficio de “personas y comunidades indígenas” aunque se dio prioridad a la titulación individual frente a la comunal y, de esta forma, se fragmenta el territorio indígena y se pierde el sentimiento de pertenencia a la comunidad fortaleciendo el ansia individualista.

[1] Gobierno de Chile, Encuesta de Caracterización Económica Nacional en 2006.

[2] Francisco Zúñiga Urbina, “Reformas constitucionales para un Estado Social y Democrático de Derecho”, Colección Ideas, julio 2003.

[3] Relator Especial de Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas: Principios internacionales aplicables a la consulta en relación con la reforma constitucional en materia de derechos de los pueblos indígenas en Chile. 24 de abril de 2009.

[4] Arturo Fernández y Nallely Argüelles, “Chile Patagónico”, en Atlas Sociolingüístico de Pueblos Indígenas en América Latina. UNICEF, AECID y FUNPROEIB Andes. 2009.

[5] “La situación de los pueblos indígenas en Chile: seguimiento a las recomendaciones hechas por el Relator Especial anterior”, 14 septiembre de 2009, Consejo de Derechos Humanos A/HRC/12/34/Add.6.

[6]Jorge Calbucura y Fabien Le Bonniec, “Territorio y territorialidad en contexto post-colonial”, Ñuke Mapuföralget Working Papers No. 30, Chile, 2009.

[7] El Ciudadano, marzo de 2009, año V, nº 66.

[8] Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, Respuesta a la lista de cuestiones que deben abordarse en relación con los informes periódicos 15º, 16º, º7º y º8º del Estado de Chile que serán examinados por el CERD el 13 y 14 de agosto de 2009.

[9] Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial. Chile. CERD/C/CHL/CO/15-18, 13 de agosto de 2009.

[10] Bartolomé Clavero, “Amenazas genocidas consumadas: caso mapuche” http://alainet.org/active/31694&lang=es

[11] Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales. 33º período de sesiones (8 al 26 de noviembre de 2004). Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: Chile, E/C.12/1/Add.105.

[13]Jorge Calbucura y Fabien Le Bonniec, Op. cit.

[14] Ricardo Rodríguez, “Pascua Lama: ecocidio y genocidio en Los Andes”http://www.nodo50.org/ceprid/territorios/la/la16.htm



HUIRSE BELLINA JORGE ALBERTO


FORO INDIGENA INTERAMERICANO


REPORTERO EN ARGENTINA DE TELE SUR TV


MIEMBRO EN CUMBRE DE LAS AMERICAS